Centro de la Diversidad Cultural

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¿Que se entiende por diversidad cultural?

Del mismo modo que la biodiversidad (es decir la inmensa variedad de formas de vida desarrolladas durante millones de años) es indispensable para la supervivencia de los ecosistemas naturales, los “ecosistemas culturales”, compuestos por un complejo mosaico de culturas necesitan de la diversidad para preservar su valioso patrimonio en beneficio de las generaciones futuras.

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Esta comparación entre biodiversidad y diversidad cultural se estableció por primera vez en el informe Nuestra Diversidad Creativa, de la Comisión Mundial de Cultura y Desarrollo creada por las Naciones Unidas y la UNESCO en 1992. Esta Comisión subrayó la necesidad de esfuerzos coordinados para  conseguir hacer frente a los retos del desarrollo y promover la diversidad de las culturas. Las discusiones sobre el tema continuaron en el marco de la conferencia intergubernamental de políticas culturales para el desarrollo (Estocolmo 1998) así como en las recomendaciones contenidas en su Plan de Acción.

La noción de “diversidad cultural” en relación a los bienes y servicios culturales se evocó nuevamente durante la preservación de la Reunión ministerial de la  OMC de Seattle, afirmándose que solo políticas culturales apropiadas pueden garantizar la preservación de la diversidad creativa contra el riesgo de una cultura única, del mismo modo que sólo políticas de preservación de la biodiversidad pueden garantizar la protección de los ecosistemas naturales y, por tanto, de la diversidad de las especies.

La < diversidad cultural> se manifiesta como la expresión positiva de un objetivo general que hay que conseguir: la valoración y el apoyo a todas las culturas del mundo frente a los riesgos de un mundo uniforme. Bajo esta perspectiva, la “excepción cultural” representa uno de los muchos medios que pueden conducir a la protección y valoración de la diversidad cultural. Uno de los elementos claves del razonamiento reside en el reconocimiento de que los bienes y servicios culturales (libros, discos, juegos multimedia, películas y audiovisuales) no son equiparables a otras mercancías y servicios. Por lo tanto, merecen un trato diferenciado que les proteja de la estandarización comercial derivada del consumo masivo. Lógicamente esto implica, como mínimo, un tratamiento asimismo “diferente”, dentro de los acuerdos que rigen el comercio internacional. Para ello, es importante construir un marco reglamentario eficaz y definir políticas culturales de estado que permitan promover y apoyar el desarrollo de las industrias culturales.

Fuente:  UNESCO/CERLALC

 

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